texto Educación 2020 fotos Sebastián Vivallo
Educación 2020 realizó un análisis de las últimas indicaciones presentadas por el Ejecutivo al proyecto de Ley de Inclusión, que termina con el lucro, copago y selección.
Manuel Sepúlveda, director del área de Política Educativa de Educación2020 consideró que «hay avances importantes en materia de selección, en una fiscalización más estricta del uso de los recursos, y en las condiciones para la adquisición de la infraestructura. Sin embargo, creemos que hay aspectos que necesitan perfeccionarse, como la implementación del fin del copago, la coordinación del proceso de admisión y el apoyo a los colegios para el trabajo en la diversidad».
Sepúlveda agregó que “nos parece derechamente cuestionable la extensión del periodo transitorio para el arriendoentre relacionadoscon lucro y el trato preferencial para los colegios con menos de 400 estudiantes”.
A continuación algunas de las propuestas de Educación 2020.
Sobre la prohibición del lucro
Valoramos la indicación que obliga a “restituir los recursos del establecimiento que hayan sido sustraídos o destinados a una finalidad diferente de los fines educativos”. Esto, así como la obligación de rendir cuentas de acuerdo a principios de contabilidad y en base a estados financieros, el registro de cuentas corrientes por parte de la Superintendencia de Educación, y la presentación de una declaración ante el Servicio de Impuestos Internos, permitirán efectuar una mejor regulación y fiscalización, que asegure la prohibición de lucro por parte de los sostenedores.
Reiteramos la necesidad de aprobar el artículo referido a la “transparencia activa”, es decir, la obligación de los establecimientos de publicar periódicamente sus estados financieros, salarios directivos y transacciones con entes relacionados, para que estén disponibles para la ciudadanía en cualquier momento.
Sobre la indicación que crea las entidades Individuales Educacionales Sin Fines de Lucro nos parece fundamental establecer todos los resguardos que eviten problemas administrativos (separación de finanzas) y regulen efectivamente la estabilidad de los establecimientos ante la renuncia o muerte de un “sostenedor individual”.
Sobre la adquisición y arriendo de infraestructura
Celebramos la indicación que establece una garantía CORFO para la solicitud de créditos bancarios para adquirir un inmueble en que funciona el establecimiento educacional. Esta fue una de las propuestas que Educación 2020 realizó en la Comisión de Educación del Senado, y es una solución que asegura la estabilidad de funcionamiento de los colegios, la eficiencia en el uso de los recursos públicos, y la justa retribución a la inversión realizada por los sostenedores. Es importante incentivar que los sostenedores se acojan a este mecanismo.
En cuanto a la posibilidad de arriendos, las indicaciones distinguen dos tipos de establecimientos: aquellos con menos de 400 estudiantes (correspondientes al 74% de los colegios subvencionados), y los que tienen una matrícula superior. Para estos últimos, se permitiría el arriendo entre personas relacionadas con fines de lucro por un periodo transitorio de 3 años, mientras que para los colegios que tienen menos de 400 estudiantes sería de 6 años. Educación 2020 manifiesta su oposición a este último punto, ya que no existen razones técnicas que justifiquen este periodo transitorio, y su aprobación iría en contra de los propios principios defendidos por el proyecto.
Sobre la prohibición de la selección
Celebramos las indicaciones que otorgan mayor gradualidad al proceso que elimina la selección y hacemos presente la necesidad de implementar un programa de apoyo para educar en diversidad para aquellas comunidades escolares que actualmente presentan altos niveles de segregación.
Consideramos un avance la coordinación de las admisiones, y aquellas indicaciones que buscan asegurar mecanismos aleatorios objetivos y transparentes en el proceso de selección. Sin embargo, creemos necesario que todo el proceso sea centralizado por una entidad que facilite y asegure una coordinación efectiva, y por sobre todo, las preferencias de padres y apoderados.
Sobre las indicaciones que permiten “procesos especiales de admisión para proyectos educativos orientados al desarrollo temprano de aptitudes particulares y proyectos educativos de alta exigencia académica” consideramos fundamental delimitar el concepto para no vulnerar el espíritu de la ley.
Sobre el fin del copago
Reiteramos nuestra preocupación frente a la implementación de esta medida. El término del financiamiento compartido, que se dará rápidamente en la gran mayoría de escuelas cuyo copago es menor a $25 mil pesos, podría acelerar la salida de estudiantes de colegios públicos.
La propuesta de Educación 2020 consiste en extender gradualmente (en 2 ó 3 años) el monto de la SEP “a la clase media”, con el objetivo de monitorear el impacto de la gratuidad en la matrícula pública, así como de reforzar el apoyo y la fiscalización del uso de los recursos SEP.
Sobre el fortalecimiento de la Educación Pública
A partir de las últimas indicaciones, el proyecto de ley contempla la creación de un fondo de US$400 millones anuales destinado a la recuperación y fortalecimiento de la Educación Pública. Valoramos este Fondo, pero reiteramos la necesidad de complementar estos recursos con un programa de acompañamiento que permita a los sostenedores y los colegios fortalecer efectivamente su trabajo, ejecutando de manera eficiente dichos recursos. En esta línea, proponemos una serie de medidas para revitalizar la Educación Pública